Enrelación con la negativa a las pruebas biológicas, es doctrina constante y reiterada (Sentencias del Tribunal Constitucional de 17 de enero de 1994, y del Tribunal Supremo de 29, de abril y 18 de mayo de 1994, 8 de marzo de 1995 y 28 de mayo de 1999) la que ha venido manteniendo la obligación de someterse a las pruebas biológicas, cuando han

Laspruebas de paternidad y parentesco, consisten en comparar la similitud que existe entre el ADN de 2 individuos. Esta prueba está enfocada a identificar si existe un parentesco biológico entre un hijo y un presunto padre, mediante la comparación de las muestras de ADN de ambos.

laSTC 29/2005, de 14 de febrero, a tenor de la cual, la mera negativa del de-mandado en un procedimiento de determinación de la filiación —ordinaria-mente paterna— de someterse a la práctica de una prueba biológica no per-mite, por sí sola, en ausencia de otras pruebas o de otros indicios que pueda declararse la filiación pretendida. Lafundación que gestiona el legado del pintor catalán Salvador Dalí informó que el juzgado le comunicó el resultado de las pruebas de ADN practicadas por la demanda de paternidad de Pilar Abel. podíaservir como prueba de la paternidad, sino de mero indicio, que consideró insuficiente, en todo caso, para condenar al demandado, en vista de la vaguedad de la prueba testimonial. LA DEMANDA DE CASACION Dos cargos se formularon en contra de la sentencia del Tribunal, el primero con fundamento en la causal quinta de casación y el . 240 214 49 78 276 315 218 209

prueba de paternidad negativa